La Ley Provincial de Mecenazgo N° 1353-E promueve, desde el Estado, la participación de empresas y particulares en el sostenimiento de proyectos culturales, es decir que a través de la gestión de los artistas, las empresas pueden destinar un porcentaje de lo que abonan en concepto de Ingresos Brutos a actividades culturales concretas, sin que esto demande una erogación extra y tampoco demanda tiempo extra en gestiones. Son Fondos Públicos con destino específico considerados como una herramienta para ambas partes.
El Instituto de Cultura, a través de la Dirección de Asistencia y Aplicación de Normas (área Mecenazgo), lleva a cabo la implementación de dicha ley junto al Consejo Provincial de Mecenazgo (órgano encargado de evaluar las postulaciones realizadas).
OPERATORIA
PASO 1: Inscripción de beneficiarios
Luego de obtener el número de inscripción, podrá participar en cualquiera de las convocatorias que se encuentren abiertas realizando la postulación de su proyecto a través de los formularios que serán proporcionados por el área de mecenazgo.
PASO 2:
Postulación del proyecto
- La postulación del proyecto se hará efectiva cuando la envíe al mail oficial del área de mecenazgo (cultura.mecenazgo@chaco.gob.ar), con los documentos requeridos, a saber:
DOCUMENTACIÓN
- Formulario del proyecto.
- Planillas contables. Se requiere mantener el formato Excel. Del aporte de las empresas, se deberá reducir el 10% que será destinado al Fondo Provincial Solidario.
- Actas compromisos. Firmada por el Responsable de la empresa que oficiará de Patrocinante (Mecenas del proyecto). Una por cada empresa.
- Anexos: Deben incluirse toda la documentación obligatoria que se solicita en Formulario de Proyectos, según tipo de beneficiario. Se debe adjuntar además las C.V de los Recursos Humanos de las personas que participan del proyecto.
Una vez presentado el proyecto, se le dará un número de actuación electrónica desde el Sistema de Gestión de Trámites. Se procederá a realizar el control administrativo y contable; de estar correcto, se enviará al Consejo Provincial de Mecenazgo para que decida acerca de su viabilidad. Si resultara aprobado, se emitirá el correspondiente dictamen y la Resolución de Interés Cultural Provincial.